RESICO para personas físicas en 2026: qué es, quién puede tributar y cómo funciona

Guía STAX · RESICO · 2026

Entender RESICO no debería requerir leer decenas de artículos fiscales. Aquí reunimos lo esencial para que sepas cómo funciona y qué debes cuidar si tributas como persona física.

Si eres profesionista independiente, tienes un pequeño negocio, rentas un inmueble o estás comenzando una actividad por tu cuenta, probablemente ya hayas escuchado hablar del Régimen Simplificado de Confianza, mejor conocido como RESICO.

También es común escuchar que RESICO significa “pagar menos impuestos”. Aunque sus tasas de ISR pueden resultar atractivas, esa explicación se queda corta.

RESICO simplifica la forma de calcular el ISR, pero no elimina tus obligaciones fiscales ni la necesidad de mantener control sobre tus operaciones.
$3.5 MDP Límite general anual de ingresos
1% — 2.5% Tasas mensuales de ISR
17 Día general de vencimiento del pago mensual
01

¿Qué es RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal aplicable, entre otros contribuyentes, a determinadas personas físicas que realizan actividades económicas.

Una de sus principales características es que el ISR se determina tomando como referencia los ingresos efectivamente cobrados y amparados mediante los CFDI correspondientes.

Para el cálculo del ISR de RESICO no se utiliza la mecánica tradicional de disminuir gastos y deducciones autorizadas como ocurre en otros regímenes.

En términos sencillos En RESICO, para determinar el ISR, importa principalmente cuánto ingreso efectivamente cobras.

Esto simplifica considerablemente el cálculo mensual del impuesto. Sin embargo, el contribuyente continúa teniendo obligaciones relacionadas con facturación, CFDI, IVA, declaraciones y cumplimiento fiscal.

02

¿Quién puede tributar en RESICO?

En términos generales, pueden optar por RESICO determinadas personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o que obtengan ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes.

Sin embargo, estar por debajo del límite de ingresos no es el único requisito. También deben revisarse la actividad económica, los demás tipos de ingresos que recibe la persona y otras circunstancias previstas por la legislación.

01
Profesionista independiente
Por ejemplo, un contador, diseñador, consultor o profesionista que presta servicios por su cuenta.
02
Persona con actividad empresarial
Como un comerciante, prestador de servicios o propietario de un pequeño negocio.
03
Arrendador
Una persona física que obtiene ingresos por otorgar el uso o goce temporal de determinados bienes.
Importante: estos ejemplos son ilustrativos. Cada contribuyente debe revisar si cumple los requisitos específicos establecidos para tributar dentro del régimen.
03

¿Cuál es el límite de ingresos para RESICO?

Para las personas físicas existe un límite general de ingresos para poder tributar dentro de este régimen.

$3,500,000 Límite general de ingresos anuales

Quienes inician actividades también pueden optar por RESICO cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán el límite y cumplan las demás condiciones aplicables.

¿Qué pasa si superas los $3.5 millones?

Si durante el ejercicio se actualiza el supuesto que impide continuar tributando bajo RESICO, el contribuyente deberá pasar al régimen fiscal que corresponda conforme a las disposiciones aplicables.

Consejo STAX No esperes hasta diciembre para revisar tus ingresos acumulados. El control debe realizarse durante todo el ejercicio.
04

¿Cuánto ISR paga una persona física en RESICO?

Uno de los principales atractivos del Régimen Simplificado de Confianza son las tasas utilizadas para determinar el ISR.

1% — 2.5% Tasas mensuales de ISR
Tabla mensual de referencia
ISR · RESICO PF
$0.01 — $25,000.00
1.00%
$25,000.01 — $50,000.00 Ejemplo
1.10%
$50,000.01 — $83,333.33
1.50%
$83,333.34 — $208,333.33
2.00%
$208,333.34 — $3,500,000.00
2.50%

Para determinar este ISR se consideran los ingresos efectivamente cobrados correspondientes a la actividad, sin incluir el IVA.

Un ejemplo sencillo

Ejemplo ilustrativo
Servicios $40,000
IVA 16% $6,400
Total cobrado $46,400

Para efectos de este ejemplo, la base utilizada para calcular el ISR sería de $40,000.

Como este importe se encuentra dentro del rango correspondiente, la tasa aplicable sería del 1.10%.

$40,000 Base
×
1.10% Tasa
=
$440 ISR
ISR determinado en el ejemplo $440
Nota: este ejemplo tiene fines educativos y está simplificado. Una operación real puede incluir retenciones, IVA u otros elementos que modifiquen las obligaciones fiscales del contribuyente.
05

¿En RESICO puedo deducir mis gastos?

Esta es una de las preguntas que genera más confusión entre quienes comienzan a tributar dentro del régimen.

Para determinar el ISR de RESICO, la mecánica del régimen no permite disminuir gastos como deducciones autorizadas para calcular este impuesto.

Ejemplo
Ingresos cobrados $50,000
Gastos del negocio $20,000

Para calcular el ISR simplificado no se realiza directamente:

$50,000 – $20,000 = $30,000

Esto no significa que tus gastos sean irrelevantes Debes obtener y conservar los CFDI correspondientes a gastos e inversiones. Además, pueden tener efectos importantes en otros impuestos, como el IVA.
06

¿Qué pasa si le facturo a una empresa?

Una situación especialmente frecuente ocurre cuando una persona física que tributa en RESICO presta servicios, realiza actividades empresariales o arrendamiento para una persona moral.

En estos casos, la persona moral debe efectuar una retención de ISR de:

1.25% Retención de ISR sobre el pago sin considerar IVA

Por ejemplo, si el importe base es de $10,000:

$10,000 Base
×
1.25% Retención
=
$125 ISR retenido

Ese ISR retenido se considera posteriormente dentro del pago mensual correspondiente de la persona física.

Próxima guía: Retenciones en RESICO: qué pasa cuando le facturas a una persona moral.
07

¿Cuándo presenta declaraciones una persona física RESICO?

Las personas físicas que tributan dentro de RESICO deben realizar su pago mensual del ISR.

Día 17 Vencimiento general del mes inmediato posterior

Por ejemplo, las operaciones correspondientes a septiembre se declaran, en términos generales, a más tardar el 17 de octubre.

La declaración se encuentra prellenada con información proveniente de los CFDI correspondientes al periodo.

Evita este error No esperes hasta el día de la declaración para descubrir que tus CFDI fueron emitidos incorrectamente.
08

¿Una persona física RESICO presenta declaración anual en 2026?

Este es uno de los temas donde más información desactualizada existe en internet.

Para 2026, las reglas fiscales contemplan el carácter definitivo de los pagos mensuales correspondientes a RESICO personas físicas y el relevo de presentar declaración anual respecto de dichos ingresos, conforme a los supuestos aplicables.

Que los ingresos de RESICO puedan quedar relevados de declaración anual no significa que otros tipos de ingresos del contribuyente desaparezcan de sus obligaciones fiscales.

Si la persona también obtiene otros ingresos, por ejemplo salarios o intereses, debe analizarse de manera independiente el tratamiento que corresponda a esos capítulos.

Conclusión: evita respuestas absolutas como “RESICO nunca presenta anual”. Primero hay que revisar la situación completa del contribuyente.
09

¿Cuáles son las principales obligaciones de RESICO?

Que el régimen se denomine “simplificado” no significa que el contribuyente quede libre de obligaciones fiscales.

  • Mantener correctamente actualizada la información del RFC.
  • Contar con e.firma conforme a los requisitos aplicables.
  • Habilitar el Buzón Tributario cuando corresponda.
  • Emitir CFDI por las operaciones realizadas.
  • Contar con los CFDI correspondientes a los ingresos efectivamente cobrados.
  • Obtener y conservar los CFDI relacionados con gastos e inversiones.
  • Presentar correctamente los pagos mensuales.
  • Cumplir otras obligaciones fiscales derivadas de la actividad que se realice.

Además, cuando el contribuyente tenga trabajadores, realice retenciones o desarrolle actividades con obligaciones especiales, deberá cumplir también las disposiciones correspondientes.

10

¿Quiénes no pueden tributar en RESICO?

Ganar menos de $3.5 millones no significa automáticamente que una persona pueda tributar dentro del régimen.

La legislación contempla supuestos que pueden impedir aplicar RESICO. Entre ellos se encuentran, como regla general, determinados socios, accionistas o integrantes de personas morales, residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México y otros casos específicamente previstos por la Ley.

Atención Existen excepciones y reglas específicas. Por eso no debe concluirse automáticamente que una persona está excluida sin revisar primero su situación fiscal completa.

¿Puedo tener sueldo y estar en RESICO?

Sí puede coexistir

En determinados supuestos, una persona puede recibir ingresos por salarios y además tributar dentro de RESICO por otras actividades.

Pero se analizan por separado

Cada tipo de ingreso conserva el tratamiento fiscal que le corresponde conforme a las disposiciones aplicables.

11

Ejemplo práctico: ¿qué pasa durante tu primer mes en RESICO?

Ejemplo de caso práctico El primer mes de Daniel en RESICO
Una situación ficticia para entender cómo debería organizarse un contribuyente desde sus primeras operaciones.
Contexto
Daniel comienza a prestar servicios de mantenimiento por su cuenta y se encuentra tributando bajo RESICO.
Situación
Durante su primer mes emite CFDI por $45,000, recibe pagos de sus clientes y posteriormente debe preparar su primera declaración mensual.
Problema
Daniel pensaba que estar en RESICO significaba simplemente emitir facturas y que el SAT se encargaría automáticamente de todo lo demás.
Solución
Se estableció un control mensual para revisar CFDI, cobros, movimientos bancarios, retenciones y declaración antes de presentar las obligaciones correspondientes.
CFDI
COBROS
BANCOS
RETENCIONES
DECLARACIÓN
Aprendizaje
RESICO simplifica el cálculo del ISR, pero no sustituye el control fiscal de tu actividad.
12

¿Qué pasa si dejo de cumplir los requisitos de RESICO?

Existen situaciones en las que una persona puede dejar de tributar dentro del Régimen Simplificado de Confianza.

Cuando se actualiza alguno de los supuestos que impiden continuar dentro del régimen, el contribuyente deberá actualizar sus obligaciones y tributar conforme al régimen fiscal que corresponda.

Por eso RESICO no debería verse únicamente como “el régimen donde se paga poco ISR”.

13

Entonces, ¿conviene estar en RESICO?

Para muchas personas físicas puede representar un régimen fiscal atractivo debido a sus tasas de ISR y a la simplificación de su mecánica.

Sin embargo, no existe un régimen fiscal que automáticamente sea el mejor para todas las personas.

La pregunta adecuada
No se trata solamente de saber “¿dónde pago menos impuestos?”, sino de determinar qué régimen corresponde a tu actividad y cuál resulta fiscalmente conveniente dentro de la ley.

Para responder correctamente deben revisarse la actividad económica, ingresos, clientes, gastos, IVA, retenciones, otras fuentes de ingreso y cualquier característica particular del contribuyente.

+

Continúa aprendiendo sobre RESICO

Este artículo forma parte de nuestra serie de guías para personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza.

STAX Consultores

¿Necesitas ayuda con tu situación fiscal?

Cada contribuyente tiene circunstancias diferentes. En STAX Consultores podemos ayudarte a revisar tu régimen, facturación y obligaciones para que tengas claridad sobre qué debes presentar y cuáles son tus siguientes pasos.

Escríbenos por WhatsApp
Fuentes y fundamento legal
Ley del Impuesto sobre la Renta — disposiciones aplicables al Régimen Simplificado de Confianza.
Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 — reglas aplicables a personas físicas que tributan en RESICO.
Servicio de Administración Tributaria — información y normatividad oficial.
Aviso: La información contenida en este artículo es de carácter informativo y no sustituye una asesoría fiscal personalizada. Las obligaciones y consecuencias fiscales pueden variar dependiendo de la situación particular de cada contribuyente.